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14 ene 2012

Ley 15/2001, de 14 de noviembre, de Meteorología

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 8
Eliminadoc) Seis miembros en calidad de representantes de la Generalidad, designados por el Gobierno, entre los cuales ha de estar el Director o Directora general de Emergencias y Seguridad Civil, o la persona en quien delegue, el Director o Directora general de Administración Local, o la persona en quien delegue, y dos personas en representación de los Departamentos competentes, respectivamente, en materia de agricultura y de obras públicas.
Antesd) Cuatro miembros en calidad de representantes de los entes locales, designados por sus organizaciones representativas, que han de corresponder a los distintos ámbitos territoriales de Cataluña.
Ahorac) Hasta un máximo de cuatro miembros determinados por el Gobierno en representación de la Generalidad.
Párrafo añadido
d) Dos miembros en calidad de representantes de los entes locales, designados por sus organizaciones representativas.