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2 dic 2011

Decreto 2346/1969, de 25 de septiembre, por el que se regula el Régimen Especial de la Seguridad Social del Servicio Doméstico

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo vigésimo segundo
AntesTres. Las prestaciones que este Régimen concede en caso de accidente serán las mismas que otorgue el Régimen General por accidente no laboral.
AhoraTres.**(Derogado)**
Artículo trigésimo tercero
AntesDos. El período de cotización exigido en el Régimen General para causar derecho a estas prestaciones será, en el Régimen Especial regulado en el presente Decreto, de sesenta mensualidades computables, dentro de los diez años anteriores a la fecha del fallecimiento del causante.
AhoraDos.**(Derogado)**