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8 nov 2011
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 30▾
Antes1. Salvo lo establecido por las leyes especiales, las obligaciones prescribirán a los cuatro años.
Ahora1. Salvo lo establecido por las leyes especiales, prescribirán a los cuatro años:
Antesb) El derecho a exigir el pago de las obligaciones ya reconocidas o liquidadas, si no fuese reclamado por los acreedores o acreedoras legítimos o sus derechohabientes. El plazo se contará desde la fecha de notificación del reconocimiento o liquidación de la respectiva obligación.
Ahorab) El derecho a exigir el pago de las obligaciones ya reconocidas o liquidadas, si no fuese reclamado por los acreedores legítimos o sus derechohabientes. El plazo se contará desde la fecha de notificación del reconocimiento o liquidación de la respectiva obligación.