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30 jul 2011
Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 66▾
EliminadoArtículo 66. Cotización en supuestos de guarda legal.
AntesLo dispuesto en el artículo anterior será de aplicación a la cotización respecto de aquellos trabajadores o asimilados incluidos en el campo de aplicación de los Regímenes del Sistema de la Seguridad Social que, habiendo sido contratados a jornada completa, sin embargo, por razones de guarda legal y en virtud de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 37 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores o, en su caso, en el apartado 1.f) del artículo 30 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas Urgentes para la Reforma de la Función Pública, pasen a realizar una jornada reducida.
AhoraArtículo 66. Cotización en supuestos de reducción de jornada de trabajo con disminución proporcional de la retribución.
Párrafo añadido
Lo dispuesto en el artículo anterior, a excepción de sus apartados 3 y 6, será de aplicación a la cotización relativa a los trabajadores por cuenta ajena y asimilados que reduzcan su jornada de trabajo, con disminución proporcional de sus retribuciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 37 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.