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4 jun 2011
Real Decreto 595/2002, de 28 de junio, por el que se regula la habilitación para ejercer las profesiones de enólogo, técnico especialista en vitivinicultura y técnico en elaboración de vinos
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 8▾
Eliminado1. Se crea una Comisión de análisis, adscrita a la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, encargada de definir los criterios a aplicar por las Comunidades Autónomas para conceder los certificados de habilitación profesional.
Eliminado2. La Comisión estará integrada por los siguientes miembros:
Eliminadoa) Presidente: un Subdirector general del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, designado por el Subsecretario del Departamento.
Eliminadob) Un vocal representante del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, designado por el Subsecretario del mismo.
Eliminadoc) Un vocal representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, designado por el Subsecretario del mismo.
Eliminadod) Dos vocales en representación de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, designados por el Subsecretario del Departamento.
Eliminadoe) Un vocal de reconocido prestigio en materia de Enología, perteneciente a alguno de los Cuerpos de funcionarios docentes universitarios, designado por el Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Eliminadof) Dos vocales representantes de la Federación Española de Asociaciones de Enólogos.
Eliminadog) Un vocal en representación de cada una de las Comunidades Autónomas que deseen participar en la Comisión.
Eliminadoh) Secretario, con voz pero sin voto: un funcionario, licenciado en Derecho, de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
EliminadoLos vocales que se citan en el párrafo f) serán propuestos por los colectivos referidos y nombrados por el Subsecretario del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Antes3. Todos los miembros de la Comisión tendrán un suplente nombrado de la misma forma que los titulares, a los cuales sustituirán en caso de ausencia, vacante o enfermedad.
Ahora**(Derogado)**