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29 mar 2011
Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales
Real Decreto · En vigor · Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales
Qué ha cambiado (11 artículos)
ANEXO 1▾
EliminadoANEXO 1
EliminadoUrna electoral
EliminadoSerá de un material resistente y transparente, y ocupará, una vez desmontada, el menor espacio posible para su almacenamiento. Contará con el menor número de piezas separables posibles para facilitar su montaje y desmontaje, que habrá de ser fácil y rápido.
EliminadoUna vez montada, la urna deberá ser inviolable, de modo que sea imposible su manipulación una vez cerrada y precintada, así como el acceso a los sobres depositados en su interior o introducción de otros nuevos por lugar distinto a la ranura prevista para tal fin.
EliminadoLas medidas interiores serán las siguientes: 42 cms. (largo) x 31 cms. (alto) x 29 cms. (ancho).
EliminadoLas medidas exteriores no excederán en más de 3 cms. de las medidas interiores.
EliminadoLa tapa de la urna llevará una ranura en el centro de 18 cms. y 0,5 cms. de abertura. Asimismo, la tapa de la urna, una vez desmontada ésta, garantizará el encaje con el resto de la urna, constituyendo en su conjunto una sola pieza, dispuesta de tal modo que permita su apilamiento mediante el encaje de una sobre otra.
EliminadoA los efectos del oportuno precinto de la urna se dispondrán los correspondientes orificios que, permitiendo mecanismos de sellado adecuados, no sobresalgan de la urna, para evitar su deterioro y para permitir su mejor almacenamiento. La tapa cerrará completamente la urna.
EliminadoEl material de la urna será poliestireno u otro material de resistencia igual o similar.
EliminadoEl modelo de urna, con las características anteriores, se ajustará, básicamente, al diseño que se acompaña.
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AhoraANEXO 1. Urna electoral
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ANEXO 2▾
EliminadoANEXO 2
EliminadoCabina electoral
EliminadoLa cabina electoral garantizará en todo momento la privacidad del elector en el ejercicio de su derecho de sufragio activo.
EliminadoSu estructura será metálica. La cabina ocupará, una vez desmontada o plegada, el menor espacio posible para su almacenamiento.
EliminadoLas medidas de la cabina serán las siguientes: 2 metros de altura x 1 metro de anchura x 1 metro de fondo.
EliminadoLa cabina electoral contendrá, necesariamente, los siguientes elementos:
Eliminadoa) Casillero metálico incrustado en el interior de la cabina que contenga, al menos, 36 casillas (de 14 centímetros de altura por 11 centímetros de anchura, cada casilla) para introducir las papeletas de votación.
Eliminado–Repisa unida a la estructura de la cabina a una altura de 1 metro del suelo.
Eliminado–Una base que proporcione suficiente estabilidad a la cabina y que, al mismo tiempo, permita un fácil acceso a la misma.
Eliminado–El diseño de la cabina garantizará el secreto de la votación del elector, para lo cual contará con elementos tales como cortinas o similares.
EliminadoEl material de la cabina será el acero o similar.
EliminadoEl modelo de cabina, con las características anteriores, se ajustará al diseño que se acompaña.
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AhoraANEXO 2. Cabina electoral
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ANEXO 3▾
EliminadoANEXO 3
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AhoraANEXO 3. Modelos de papeletas de votación
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ANEXO 4▾
EliminadoANEXO 4
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AhoraANEXO 4. Modelos de sobres
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ANEXO 5▾
EliminadoANEXO 5
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AhoraANEXO 5. Modelos de impresos de candidaturas
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ANEXO 6▸
EliminadoANEXO 6
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AhoraANEXO 6. Modelos de solicitud y certificaciones de la Oficina del Censo Electoral para el voto por correo y para los electores CERA
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ANEXO 7▸
EliminadoANEXO 7
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AhoraANEXO 7. Modelos de impresos para designaciones y nombramientos
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ANEXO 8▸
EliminadoANEXO 8
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AhoraANEXO 8. Modelos de impresos para la actuación de las mesas electorales
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ANEXO 9▸
EliminadoANEXO 9
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AhoraANEXO 9. Modelos de Actas a utilizar por la Administración Electoral y Funcionarios Consulares con sus características
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ANEXO 10▸
EliminadoANEXO 10
EliminadoNuevo modelo para nombramiento de Representante de la Administración
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AhoraANEXO 10. Modelo de credenciales
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ANEXO 11▸
Eliminado
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AhoraListado de documentación común en caso de concurrencia electoral
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1. Documentación común en caso de concurrencia electoral excluyendo las Elecciones Locales.
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Modelos de sobres
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| S.2.1 | Sobre para la remisión, por parte de la OCE, de la documentación electoral para votar por correo. |
| --- | --- |
| S.2.2 | Sobre para la remisión, por parte de la OCE, de la documentación electoral para votar por correo a los residentes en el extranjero. |
| S.3.1 | Sobre para la remisión del voto por correo (al Presidente de la Mesa). |
| S.3.2 a y b | Sobre para la remisión del voto de electores temporalmente ausentes (con y sin franqueo) (al Presidente de la Mesa). |
| S.3.3 | Sobre para la remisión de las copias de los nombramientos de Interventores (al Presidente de la Mesa). |
| S.4.1 | Sobre para la remisión del voto CERA a la JEP desde España. |
| S.4.2 | Sobre para la remisión del voto CERA a la JEP. |
| S.5 | Sobre a utilizar por las Mesas Electorales (sobre bolsa). |
| S.6 | Sobre para la remisión de la notificación de la designación como miembro de Mesa. |
| S.7 | Sobre para el envío a la OCE de la solicitud del certificado de inscripción en el censo electoral para el voto por correo. |
| S.8 a y b | Sobre para la remisión del voto al Consulado o Embajada por los electores CERA (con y sin franqueo). |
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Modelos de impresos
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| VC.1a | Solicitud del voto por correo. |
| --- | --- |
| VC.1b | Solicitud del voto por los electores temporalmente ausentes. |
| VC.1c | Solicitud del voto por los electores residentes ausentes (CERA). |
| VC.2a | Certificado de la OCE de inscripción en el censo. |
| VC.2b | Certificado de la OCE de NO inscripción en el censo. |
| VC.2c | Certificados de la OCE de inscripción en el CERA. |
| N.1 | Nombramiento y citación de los miembros de Mesa. |
| N.2 | Comunicación a la JEZ y a Juzgados de la composición de las Mesas. |
| N.3 | Nombramiento de interventores. |
| N.4 | Nombramiento de apoderados. |
| N.5 | Nombramiento de representantes. |
| M.1 | Lista Numerada de Votantes. |
| M.2 | Recibo de entrega de la documentación electoral. |
| M.3 | Certificados de votación. |
| ACM | Acta de Constitución de la Mesa Electoral. |
| AFC | Acta del Funcionario Consular. |
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2. Documentación común en caso de concurrencia con Elecciones Locales.
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Modelos de sobres
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| S.2.1 | Sobre para la remisión, por parte de la OCE, de la documentación electoral para votar por correo. |
| --- | --- |
| S.2.2 * | Sobre para la remisión, por parte de la OCE, de la documentación electoral para votar por correo a los residentes en el extranjero. |
| S.3.1 | Sobre para la remisión del voto por correo (al Presidente de la Mesa). |
| S.3.2 a y b | Sobre para la remisión del voto de electores temporalmente ausentes (con y sin franqueo) (al Presidente de la Mesa). |
| S.3.3 | Sobre para la remisión de las copias de los nombramientos de Interventores (al Presidente de la Mesa). |
| S.4.1 ** | Sobre para la remisión del voto CERA a la JEP desde España. |
| S.4.2 ** | Sobre para la remisión del voto CERA a la JEP. |
| S.6 | Sobre para la remisión de la notificación de la designación como miembro de Mesa. |
| S.7 | Sobre para el envío a la OCE de la solicitud del certificado de inscripción en el censo electoral para el voto por correo. |
| S.8 a y b ** | Sobre para la remisión del voto al Consulado o Embajada por los electores CERA (con y sin franqueo). |
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Modelos de impresos
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| VC.1a | Solicitud del voto por correo. |
| --- | --- |
| VC.1b | Solicitud del voto temporalmente ausentes. |
| VC.1c | Solicitud del voto residentes ausentes (CERA). |
| VC.2a | Certificado OCE inscripción censo. |
| VC.2b | Certificado OCE de NO inscripción censo. |
| VC.2c | Certificados OCE inscripción CERA. |
| N.1 | Nombramiento y citación miembros Mesa. |
| N.2 | Comunicación a JEZ y a Juzgados composición Mesas. |
| N.3 | Nombramiento de interventores. |
| N.4 | Nombramiento apoderados. |
| N.5 | Nombramiento representantes. |
| M.1 | Lista Numerada de Votantes. |
| M.3 | Certificados de votación. |
| ACM | Acta de Constitución de la Mesa Electoral. |
| AFC | Acta del Funcionario Consular. |
Párrafo añadido
** Sin perjuicio del carácter común de estos sobres, en caso de concurrencia entre Elecciones Locales y Elecciones a las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, solo se utilizarán por los electores CERA a las asambleas de Ceuta y Melilla.»