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29 mar 2011
Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico
Ley · En vigor · Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 3▾
Eliminado3. Corresponde a las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivos Estatutos:
Eliminadoa) El desarrollo legislativo y reglamentario y la ejecución de la normativa básica del Estado en materia eléctrica.
Eliminadob) Regular el régimen de derechos de acometidas y de las actuaciones necesarias para atender los requerimientos de suministro a los usuarios, sin perjuicio de lo previsto para el régimen económico en el apartado 8 del artículo 16.
Eliminadoc) Autorizar las instalaciones eléctricas no contempladas en el punto a) del apartado 2, así como ejercer las competencias de inspección y sanción que afecten a dichas instalaciones.
EliminadoEn todo caso, se entenderán incluidas las autorizaciones de las instalaciones a que hacen referencia los artículos 12 y 28.3.
Eliminadod) Impartir instrucciones relativas a la ampliación, mejora y adaptación de las redes e instalaciones eléctricas de transporte o distribución de su competencia, y supervisar el cumplimiento de las mismas. Asimismo, determinar en qué casos la extensión de las redes se considera una extensión natural de la red de distribución o se trata de una línea directa o una acometida en aplicación de los criterios que establezca el Gobierno.
Eliminadoe) Inspeccionar, en el ámbito de las instalaciones de su competencia, las condiciones técnicas y, en su caso, económicas de las empresas titulares de las instalaciones y el cumplimiento de las condiciones establecidas en las autorizaciones otorgadas.
Eliminadof) Sancionar, de acuerdo con la Ley, la comisión de las infracciones en el ámbito de su competencia.
Eliminadog) Supervisar el cumplimiento de las funciones de los gestores de las redes de distribución en su respectivo territorio.
Antesh) Con independencia de las competencias de la Administración General del Estado, el fomento de las energías renovables de régimen especial y de la eficiencia energética en el territorio de su Comunidad.
Ahora3.**(Anulado)**
Artículo 39▾
El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.