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31 dic 2010
Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra
Ley · En vigor · Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 44▾
Antes3. Dentro del capítulo de gastos de personal, se podrán autorizar todos aquellos movimientos presupuestarios que deriven de traslados, modificaciones de la plantilla orgánica que no supongan incremento de la misma o alteraciones en las situaciones administrativas o retributivas del personal. Dichos movimientos presupuestarios no tendrán, a los efectos de esta Ley Foral, la consideración de transferencias de créditos, y se ejecutarán por el órgano que ostente la competencia para gestionar las modificaciones de plantilla a que se refiere el presente apartado.
Ahora3. Dentro del capítulo de gastos de personal, el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior podrá autorizar todos aquellos movimientos presupuestarios que deriven de traslados, coberturas de plazas, modificaciones de plantilla y alteraciones en las situaciones administrativas o retributivas. Dichos movimientos presupuestarios no tendrán, a los efectos de esta Ley Foral, la consideración de transferencias de créditos.
Artículo 45▾
Párrafo añadido
4. El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior podrá autorizar transferencias entre créditos de capítulo I correspondientes a diferentes programas de un mismo o distinto departamento.
Párrafo añadido
5. Cualquier modificación presupuestaria que afecte a créditos de capítulo I, deberá contar con el preceptivo informe de la Dirección General de Función Pública.
Disposición transitoria cuarta▾
El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.