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31 dic 2010
Ley 2/2004, de 28 de mayo, de creación del Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 13▾
Párrafo añadido
El Consejo General se reunirá al menos una vez al semestre o cuando lo solicite una de las tres partes representativas de sus miembros a convocatoria de su presidente.
Antesc) Informar previamente la propuesta de nombramiento y cese del Director del Instituto.
Ahorac) Informar previamente la propuesta de nombramiento y cese del director del Instituto.
Eliminadoe) Informar los programas de actuación en materia de seguridad y salud en el trabajo cuya ejecución técnica corresponde al INVASSAT.
Eliminadof) Emitir dictámenes sobre las propuestas de modificación de la presente ley. Dichos dictámenes tendrán carácter preceptivo y no vinculante.
Antesg) El Consell general se reunirá por lo menos una vez al trimestre o cuando lo solicite una cuarta parte de sus miembros a convocatoria de su Presidente.
Ahorae) Emitir dictámenes sobre las propuestas de modificación de la presente Ley. Dichos dictámenes tendrán carácter preceptivo y no vinculante.
Eliminadoa) Impulsar las actividades de planificación y programación propias del Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo. En el ejercicio de estas funciones, el Consejo General podrá elevar al Consell de la Generalitat, por medio de su Presidente, propuesta de aprobación de Planes Plurianuales de Prevención de Riesgos Laborales de carácter estratégico y ámbito en toda la Comunidad Valenciana.
Antesb) Realizar funciones de control y supervisión sobre la ejecución de los programas y la gestión de los servicios, a cuyo fin el Director del Instituto le proporcionará cuanta información precise.
Ahoraa) Impulsar las actividades de planificación y programación propias del Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Párrafo añadido
En el ejercicio de estas funciones, el Consejo General podrá elevar al Consell de la Generalitat, por medio de su presidente, propuesta de aprobación de Planes Plurianuales de Prevención de Riesgos Laborales de carácter estratégico y ámbito en toda la Comunidad Valenciana.
Párrafo añadido
b) Realizar funciones de control y supervisión sobre la ejecución de los programas y la gestión de los servicios, a cuyo fin el director del Instituto le proporcionará cuanta información precise.
Eliminadof) Conocer de la suscripción, desarrollo y ejecución de convenios y acuerdos de colaboración y cooperación entre el Instituto y otras administraciones públicas, entidades públicas y privadas, corporaciones, universidades, centros de investigación y empresas que persigan los mismos fines en cuanto a la mejora de las condiciones de trabajo y la promoción de la seguridad y la salud en el trabajo, y la propuesta de aquellos otros que el Consejo General estime de interés.
Eliminadog) Control y seguimiento de los programas de actuación en materia de formación en seguridad y salud en el trabajo y formular propuestas al efecto.
AntesC) Cualesquiera otras facultades que le atribuyan las leyes, los reglamentos, el Consell de la Generalitat o el Presidente de la Generalitat.
AhoraC) Cualesquiera otras facultades que le atribuyan las leyes, los reglamentos, el Consell de la Generalitat o el presidente de la Generalitat.
Artículo 14▾
AntesLa Comisión Permanente es el órgano colegiado, tripartito y paritario integrada en el Consejo General y con funciones delegadas de éste para el mejor cumplimiento de sus fines.
AhoraLa Comisión Permanente es el órgano colegiado, tripartito y paritario integrada en el Consejo General y con las siguientes funciones:
Párrafo añadido
a) Informar los programas de actuación en materia de seguridad y salud en el trabajo cuya ejecución técnica corresponde al INVASSAT.
Párrafo añadido
b) Conocer de la suscripción, desarrollo y ejecución de convenios y acuerdos de colaboración y cooperación entre el Instituto y otras administraciones públicas, entidades públicas y privadas, corporaciones, universidades, centros de investigación y empresas que persigan los mismos fines en cuanto a la mejora de las condiciones de trabajo y la promoción de la seguridad y la salud en el trabajo, y la propuesta de aquellos otros que la Comisión Permanente estime de interés.
Párrafo añadido
c) Control y seguimiento de los programas de actuación en materia de formación en seguridad y salud en el trabajo y formular propuestas al efecto.
Párrafo añadido
d) Cualesquiera otra función delegada por el Consejo General para el mejor cumplimiento de sus fines.
Eliminadoa) El Director general competente en materia de trabajo, que la presidirá.
Eliminadob) Dos representantes de la Administración de la Generalitat, de entre los vocales que aquélla tiene en el Consejo General.
Antesc) El Director del Instituto, quien actuará como secretario de la Comisión Permanente con voz y voto.
Ahoraa) El director general competente en materia de trabajo, que la presidirá.
Párrafo añadido
b) Dos representantes de la administración de la Generalitat, de entre los vocales que aquélla tiene en el Consejo General.
Párrafo añadido
c) El director del Instituto, quien actuará como secretario de la Comisión Permanente con voz y voto.
AntesLos vocales de la Administración de la Generalitat serán designados por el Presidente del Consejo General. Los vocales pertenecientes a las organizaciones empresariales y sindicales serán designados por el Presidente del Consejo General a propuesta de los órganos de gobierno de aquéllas.
AhoraLos vocales de la administración de la Generalitat serán designados por el presidente del Consejo General.
Párrafo añadido
Los vocales pertenecientes a las organizaciones empresariales y sindicales serán designados por el presidente del Consejo General a propuesta de los órganos de gobierno de aquéllas.