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30 dic 2010
Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 131▾
Antes4. En los demás casos será preceptiva la autorización de la Consejería competente en materia de Hacienda cuando el avalado sea una empresa privada no participada mayoritariamente por el avalista.
Ahora4.**(Derogado)**