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20 dic 2010
Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 4▾
EliminadoArtículo 4. Sector Público Regional.
EliminadoA los efectos de la presente Ley, integran el sector público regional:
Eliminadoa) Los Órganos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha regulados en el Estatuto de Autonomía y los vinculados o dependientes de éstos.
Antesb) La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos, entidades y empresas públicas.
AhoraArtículo 4. Sector público regional.
Párrafo añadido
1. A los efectos de la presente Ley, integran el sector público regional:
Párrafo añadido
a) Los órganos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha regulados en el Estatuto de Autonomía y los vinculados o dependientes de éstos.
Párrafo añadido
b) La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos y entidades públicas dependientes.
Párrafo añadido
c) Las empresas y fundaciones públicas regionales.
Párrafo añadido
2. A los efectos previstos en el apartado anterior, se considerarán empresas públicas regionales las sociedades mercantiles en cuyo capital social la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tenga una participación directa o indirecta superior al cincuenta por ciento. Para la determinación de este porcentaje se tendrán en cuenta las participaciones de todas las entidades integrantes del sector público regional a las que se refiere este artículo.
Párrafo añadido
3. Las fundaciones públicas regionales son aquellas en las que concurra algunas de las siguientes circunstancias:
Párrafo añadido
a) Que se constituyan con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de la Administración de Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos o demás entidades integrantes del sector público regional.
Párrafo añadido
b) Que su patrimonio fundacional, con un carácter de permanencia, esté formado en más de un cincuenta por ciento por bienes o derechos aportados o cedidos por la Administración de Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos o demás entidades integrantes del sector público regional.