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4 ago 2010
Ley 4/1980, de 16 de diciembre de 1980, de creación del Instituto Catalán del Suelo
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Artículo tercero▾
Eliminadob) Promover, sea de forma directa o convenida, viviendas públicas y su rehabilitación o remodelación.
Eliminadoc) Programar y ejecutar actuaciones de rehabilitación de núcleos antiguos.
Eliminadod) Redactar los instrumentos urbanísticos que deban ser desarrollados directamente mediante el Instituto Catalán del Suelo o bien con su colaboración.
Eliminadoe) Ejercer la gestión urbanística en ejecución de planes, propios o asumidos como tales, por cualquiera de los sistemas de actuación establecidos en la legislación urbanística. En el desarrollo de dicha actividad debe asumir la calidad de Administración actuante si así lo establece el plan que se ejecuta, con los derechos y deberes que la normativa urbanística le otorga.
Eliminadof) Redactar, tramitar y aprobar proyectos de reparcelación, compensación y urbanización, en las actuaciones que asuma en calidad de Administración actuante.
Eliminadog) Adquirir suelo, incluso mediante expropiación forzosa, como beneficiario, de terrenos destinados a la creación de suelo urbanizado, la formación de reservas de suelo, la promoción de vivienda pública, la creación de dotaciones y equipamientos, zonas verdes y espacios libres o cualquier otra finalidad análoga de carácter urbanístico. La potestad expropiatoria corresponde al Departamento de Política Territorial y Obras Públicas.
Eliminadoh) Redactar proyectos de edificación.
Eliminadoi) Enajenar, permutar y ceder terrenos y edificios de su propiedad.
Eliminadoj) Constituir, transmitir, modificar y extinguir los derechos de hipoteca, superficie, censos, servidumbres y, en general, cualquier derecho real sobre los terrenos y edificaciones que son propiedad del Instituto Catalán del Suelo.
Eliminadok) Proteger y defender su patrimonio.
Eliminadol) Arrendar bienes muebles e inmuebles.
Eliminadom) Ejercer la gestión de las fianzas de arrendamiento de fincas urbanas y del Registro de Fianzas de los Contratos de Alquiler, de acuerdo con las disposiciones vigentes.
Eliminadom.bis) Adoptar medidas de apoyo, tanto técnico como económico y financiero, para el impulso de la finalización de procesos de urbanización.
Antesn) Cualquier otra que le encomiende la ley o el Gobierno de la Generalidad.
Ahorab) Promover tanto de manera directa como convenida viviendas públicas y la rehabilitación o la remodelación de éstas.
Párrafo añadido
c) Gestionar operaciones de remodelación o rehabilitación de viviendas.
Párrafo añadido
d) Programar y ejecutar actuaciones de rehabilitación de núcleos antiguos.
Párrafo añadido
e) Gestionar planes y programas de actuación cuya finalidad sea la remodelación o renovación urbana.
Párrafo añadido
f) Redactar los instrumentos urbanísticos que se tengan que desarrollar directamente por medio del Instituto Catalán del Suelo o bien con la colaboración de éste.
Párrafo añadido
g) Ejercer la gestión urbanística en ejecución de planes, propios o asumidos como tales, por cualquiera de los sistemas de actuación establecidos por la legislación urbanística. En el desarrollo de esta actividad debe asumir la calidad de Administración actuante si así lo establece el plan que se ejecuta, con los derechos y los deberes que la normativa urbanística le otorga.
Párrafo añadido
h) Redactar, tramitar y aprobar proyectos de reparcelación y de urbanización, en las actuaciones que asuma en calidad de Administración actuante.
Párrafo añadido
i) Estudiar y difundir nuevas técnicas de intervención en núcleos urbanos para facilitar su remodelación o rehabilitación.
Párrafo añadido
j) Formar especialistas en gestión urbanística.
Párrafo añadido
k) Adquirir suelo, incluso mediante expropiación forzosa, como beneficiario, de terrenos destinados a la creación de suelo urbanizado, la formación de reservas de suelo, la promoción de vivienda pública, la creación de dotaciones y equipamientos, zonas verdes y espacios libres o cualquier otra finalidad análoga de carácter urbanístico. La potestad expropiatoria corresponde al Departamento de Política Territorial y Obras Públicas.
Párrafo añadido
l) Redactar proyectos de edificación.
Párrafo añadido
m) Alienar, permutar y ceder terrenos y edificios de su propiedad.
Párrafo añadido
n) Constituir, transmitir, modificar y extinguir los derechos de hipoteca, superficie, censos, servidumbres y, en general, cualquier derecho real sobre los terrenos y las edificaciones que son propiedad del Instituto Catalán del Suelo.
Párrafo añadido
o) Proteger y defender su patrimonio.
Párrafo añadido
p) Arrendar bienes muebles e inmuebles.
Párrafo añadido
q) Ejercer la gestión de las fianzas de arrendamientos de fincas urbanas y del Registro de Fianzas de los contratos de alquiler, de acuerdo con las disposiciones vigentes.
Párrafo añadido
r) Adoptar medidas de soporte, tanto técnico como económico y financiero, para impulsar la finalización de procesos de urbanización.
Párrafo añadido
s) Cualquier otra que le encomiende la ley o el Gobierno de la Generalidad.