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16 jul 2010
Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 120▾
Eliminado1. Corresponde al Gobierno de la Generalidad el fomento, la promoción y la protección del sector audiovisual, con referencia a la industria y al colectivo profesional, así como a la producción y la potenciación de obras y contenidos audiovisuales.
Eliminado2. A efectos del fomento, la promoción y la protección del audiovisual deben priorizarse las obras y los contenidos que cumplan los siguientes requisitos:
Eliminadoa) Ser producidas originalmente en catalán o en aranés.
Eliminadob) Tener un 51 % de los responsables artísticos, técnicos y de contenidos residentes en los territorios comprendidos en ámbitos lingüísticos de habla catalana.
Eliminado3. Las obras a que se refiere el apartado 2 deben cumplir, además, alguna de las siguientes condiciones:
Eliminadoa) Ser realizadas por un productor, o más de uno, establecidos en Cataluña o en otros territorios lingüísticos del catalán o del aranés.
Eliminadob) Tener una producción supervisada y controlada por un productor, o más de uno, establecidos en Cataluña o en otros territorios de habla catalana.
Antesc) Financiar el coste total de su producción mediante la contribución mayoritaria de productores establecidos en Cataluña o en otros territorios de habla catalana, en supuestos de coproducción, siempre que esta no esté controlada por uno o más productores establecidos fuera de Cataluña o de los territorios de habla catalana.
Ahora**(Derogado).**
Artículo 123▾
Eliminado1. El Gobierno de la Generalidad, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa comunitaria sobre ayudas públicas, debe fomentar el desarrollo de la industria audiovisual y cinematográfica de Cataluña. A tal efecto debe adoptar las siguientes medidas de fomento:
Eliminadoa) El establecimiento de un sistema de ayudas específicas para el desarrollo de proyectos y la elaboración de guiones.
Eliminadob) El acceso al crédito, la concesión de ayudas, las medidas de apoyo fiscal y el mecenazgo para la producción y la coproducción de obras audiovisuales catalanas.
Eliminado2. El Gobierno de la Generalidad puede establecer mecanismos financieros y de crédito para la distribución y la difusión de obras audiovisuales catalanas y para las industrias técnicas.
Eliminado3. El Gobierno de la Generalidad debe adoptar líneas de ayuda para la formación de profesionales audiovisuales que intervienen en la producción de obras audiovi-suales catalanas.
Eliminado4. El Gobierno de la Generalidad puede crear y gestionar un fondo de sostenimiento de la industria del audiovisual.
Antes5. En la adaptación de la normativa comunitaria el Gobierno puede establecer cuotas de pantalla.
Ahora**(Derogado).**
Artículo 125▾
Eliminado1. El Gobierno de la Generalidad debe velar por la salvaguardia y la difusión del patrimonio cinematográfico catalán.
Antes2. El Gobierno de la Generalidad debe crear y regular por reglamento el archivo al cual debe encomendarse la catalogación, la conservación, la restauración y la puesta a disposición de las personas interesadas, para que les puedan consultar, de los programas y las obras audiovisuales a que se refiere el apartado 1.
Ahora1.**(Derogado).**
Párrafo añadido
2. El Gobierno de la Generalidad debe crear y regular por reglamento el archivo al cual debe encomendarse la catalogación, la conservación, la restauración y la puesta a disposición de las personas interesadas, para que les puedan consultar, de los programas y las obras audiovisuales.