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1 abr 2010

Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 129
AntesSi el trabajador hubiera optado por una base de cotización superior a dicha base mínima, a la cuantía que exceda de esta última le será de aplicación el tipo de cotización del 28,30 por ciento.
AhoraSi el trabajador hubiera optado por una base de cotización superior a dicha base mínima, a la cuantía que exceda de esta última le será de aplicación el tipo de cotización del 26,50 por ciento.