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25 feb 2010

Real Decreto 126/1989, de 3 de febrero, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración y comercialización de patatas fritas y productos de aperitivo

Qué ha cambiado (1 artículo)

Art 15
Eliminado15.7 El contenido de productos contaminantes, pesticidas y sustancias tóxicas no deberá sobrepasar los límites establecidos en la legislación vigente y en las normas internacionales aceptadas por el Estado español, y específicamente:
Eliminadoa) Norma microbiológica cuando se trata de una sola muestra, los valores máximos admisibles serán los siguientes:
Eliminado«Enterobacteriaceae» totales: Ausencia/g.
Eliminado«Salmonella-Shigella»: Ausencia/25 g.
Eliminado«Staphylococcus aureus» enterotoxigénico (Biotipos Coagulasa, DNsa y Fosfatasa positivos): Ausencia/g.
Eliminado«Streptococcus» D. de Lancefield: 1 x 102col/g.
Eliminadob) Norma microbiológica cuando en el programa de muestreo el número de unidades de muestra (n) es igual a 5, los valores máximos admisibles serán los siguientes:
Eliminado| | n | c | m | M | | --- | --- | --- | --- | --- | | «Enterobacteriaceae» totales col/g | 5 | 2 | 0 | 1 x 101 | | «Salmonella-Shigella» col/25 g | 5 | 0 | 0 | - | | «Staphylococcus aureus» enterotoxigénico col/g (Biotipos Coagulasa, DNsa y Fosfatasa positivos) | 5 | 2 | 0 | 1x101 | | «Streptococcus» D. de Lancefield col/g | 5 | 2 | 0 | 1 x 102 |
Eliminadon = número de unidades de muestra de un lote que se analizan según el programa de muestreo establecido.
Eliminadoc = número de muestras que pueden sobrepasar el límite m sin ser superior al límite M.
Eliminadom = límite microbiológico que únicamente c de las muestras pueden sobrepasar.
AntesM = nivel límite máximo de aceptabilidad.
Ahora15.7**(Derogado)**