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31 dic 2009

Orden ITC/3994/2006, de 29 de diciembre, por la que se establece la retribución de las actividades de regasificación

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional segunda
AntesLa Dirección General de Política Energética y Minas publicará antes del 1 de enero de cada año, los valores que deberán tomarse como referencia para la actualización de los valores unitarios establecidos en los anexos II, III y IV de la presente orden.
AhoraEl Ministerio de Industria, Turismo y Comercio aprobará antes del 1 de enero de cada año, los valores que deberán tomarse como referencia para la actualización de los valores unitarios establecidos en los anexos II, III y IV de la presente orden.