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31 dic 2009
Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos
Qué ha cambiado (1 artículo)
Art 59▾
Antes2. Asimismo, deberán tener colocado en lugar visible del establecimiento, para adecuada información de los compradores, un cartel-resumen de las disposiciones de este Reglamento, según modelo que establezcan los órganos competentes en el ámbito territorial en que radique el establecimiento comercial. Este cartel-resumen deberá estar redactado, por lo menos, en la lengua española oficial del Estado.
Ahora2**(Derogado)**