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30 dic 2009

Ley 8/2002, de 30 de octubre, por la que se crea el Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario (IMIDA)

Qué ha cambiado (3 artículos)

Artículo 16
Eliminado2. El régimen jurídico aplicable será el establecido con carácter general para el personal al servicio de la Administración regional.
Antes3. La selección y provisión de puestos de trabajo del Instituto se realizará a través de procedimientos selectivos objetivos, garantizándose en todo caso los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad. El sistema preferente de acceso será el concurso-oposición.
Ahora2. El régimen jurídico aplicable será el establecido con carácter general para el personal al servicio de la Administración regional, salvo para los procesos de acceso del personal funcionario y laboral, promoción y provisión de puestos de trabajo en lo referente al personal investigador y de apoyo a la investigación, que será regulado por decreto del Consejo de Gobierno.
Párrafo añadido
3. La selección y provisión de puestos de trabajo del Instituto se realizará a través de procedimientos selectivos objetivos, garantizándose en todo caso los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad. El sistema preferente de acceso será el concurso-oposición, que se desarrollará conforme a lo que se determine reglamentariamente.
Artículo 19
Antes2. Las Comisiones de evaluación de méritos que se constituyan, deberán estar compuestas, al menos en la mitad de sus miembros, por personas de reconocido prestigio científico, y desempeñar puestos de nivel igual o superior a los de los puestos convocados.
Ahora2. Las comisiones de evaluación de méritos que se constituyan deberán estar compuestas, al menos en la mitad de sus miembros, por personas de reconocido prestigio científico y desempeñar puestos de nivel igual o superior a los de los puestos convocados, y aquellas otras peculiaridades que se determinen reglamentariamente.
Artículo 20
Antes2. La selección de este personal se realizará a través de procedimientos selectivos objetivos, con respeto a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.
Ahora2. La selección de este personal se realizará a través de procedimientos selectivos objetivos, con respecto a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad, conforme a lo que se determine reglamentariamente.