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30 dic 2009

Ley 6/2009, de 9 de octubre, de creación del Organismo Autónomo "Boletín Oficial de la Región de Murcia"

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 21
Antes1. El régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, intervención y de control financiero del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia será el establecido en la Ley de Hacienda de la Región de Murcia.
Ahora1. El régimen presupuestario, económico-financiero y de contabilidad del organismo autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia será el establecido en el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia con carácter general.
Párrafo añadido
Este organismo autónomo se someterá al régimen de control financiero previsto en el artículo 99 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia.