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29 dic 2009
Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales
Qué ha cambiado (4 artículos)
Artículo 5▾
EliminadoLa intervención de las Corporaciones locales en la actividad de sus administrados se ejercerá por los siguientes medios:
Eliminadoa) Ordenanzas, Reglamentos y Bandos de policía y buen gobierno:
Eliminadob) sometimiento a previa licencia: y
Antesc) órdenes individuales, constitutivas de mandato para la ejecución de un acto o la prohibición del mismo.
AhoraLa intervención de las corporaciones locales en la actividad de sus administrados se ejercerá por los medios y principios enunciados en la legislación básica en materia de régimen local.
Artículo 8▾
AntesLas Corporaciones locales podrán sujetar a sus administrados al deber de obtener, previa licencia en los casos previstos por la Ley, el presente Reglamento u otras disposiciones de carácter general.
Ahora**(Suprimido)**
Artículo 15▾
Antes2. Las referentes a actividades personales podrán limitarse a plazo determinado.
Ahora2**(Suprimido)**
Artículo 22▾
Antes1. Estará sujeta a licencia la apertura de establecimientos industriales y mercantiles.
Ahora1. La apertura de establecimientos industriales y mercantiles podrá sujetarse a los medios de intervención municipal, en los términos previstos en la legislación básica en materia de régimen local y en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.