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28 dic 2009
Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 7.2-4▾
AntesConstituye la base imponible la superficie de venta total final de los establecimientos que requieran este informe, de acuerdo con la normativa vigente en materia de equipamientos comerciales. El tipo de gravamen se establece en 0,90 euros/metro cuadrado de superficie de venta.
Ahora**(Derogado)**