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19 dic 2009

Ley Orgánica 7/2001, de 27 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA)

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional segunda
EliminadoEn el Impuesto General Indirecto Canario, la Comunidad Autónoma de Canarias tendrá capacidad normativa para regular:
Eliminadoa) Las obligaciones formales del Impuesto.
Antesb) Los tipos de gravamen dentro de los límites fijados por el artículo 27 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
Ahora**(Derogada)**