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23 jul 2009

Real Decreto 640/2007, de 18 de mayo, por el que se establecen excepciones a la obligatoriedad de las normas sobre tiempos de conducción y descanso y el uso del tacógrafo en el transporte por carretera

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 2
Antesp) Transportes íntegramente desarrollados en islas cuya superficie no supere los 1.500 kilómetros cuadrados, siempre que éstas no se encuentren unidas al territorio peninsular por ningún puente, vado o túnel cuyo uso esté abierto a los vehículos de motor.
Ahorap) Transportes íntegramente desarrollados en islas cuya superficie no supere los 250 kilómetros cuadrados, siempre que éstas no se encuentren unidas al territorio peninsular por ningún puente, vado o túnel cuyo uso esté abierto a los vehículos de motor.
Disposición transitoria única
EliminadoDisposición transitoria única. Aplicación del apartado p) del artículo 2.
EliminadoEn las islas en las que, en virtud del Real Decreto 2242/1996, no fuera exigible el cumplimiento de las normas sobre tiempos de conducción y descanso y sobre el uso del tacógrafo en el sector de los transportes por carretera previstas en la normativa comunitaria, y, como consecuencia del apartado p) del artículo 2 del presente real decreto, sea obligatorio el cumplimiento de dichas normas, se observarán los siguientes plazos:
Eliminado1. Todos los vehículos matriculados por primera vez a partir de los tres meses de la entrada en vigor de este real decreto deberán cumplir con las normas sobre tiempos de conducción y descanso y sobre el uso del tacógrafo.
Eliminado2. Los vehículos matriculados antes de la fecha establecida en el apartado anterior deberán verificar y adecuar el tacógrafo antes de las fechas siguientes:
EliminadoSerie de dígitos del número de matrícula terminado en 0: 29 de febrero de 2008.
EliminadoSerie de dígitos del número de matrícula terminado en 1: 30 de abril de 2008.
EliminadoSerie de dígitos del número de matrícula terminado en 2: 30 de junio de 2008.
EliminadoSerie de dígitos del número de matrícula terminado en 3: 31 de agosto de 2008.
EliminadoSerie de dígitos del número de matrícula terminado en 4: 31 de octubre de 2008.
EliminadoSerie de dígitos del número de matrícula terminado en 5: 31 de diciembre de 2008.
EliminadoSerie de dígitos del número de matrícula terminado en 6: 28 de febrero de 2009.
EliminadoSerie de dígitos del número de matrícula terminado en 7: 30 de abril de 2009.
EliminadoSerie de dígitos del número de matrícula terminado en 8: 30 de junio de 2009.
AntesSerie de dígitos del número de matrícula terminado en 9: 31 de agosto de 2009.
AhoraDisposición transitoria única. Aplicación en las islas que superen 1.500 kilómetros cuadrados.
Párrafo añadido
A los transportes desarrollados íntegramente en islas cuya superficie supere los 1.500 kilómetros cuadrados, excepto en la isla de Mallorca, no les serán de aplicación las normas sobre tiempos de conducción y descanso y el uso de tacógrafo en el transporte por carretera hasta el 1 de enero de 2010.