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12 may 2009

Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias

Qué ha cambiado (6 artículos)

Artículo 2
Eliminadog) Las empresas de transporte y las agencias de alquiler de vehículos de cualquier tipo, con o sin conductor, que de forma exclusiva u ocasional realicen actividades turísticas.
AntesSe entienden incluidas en este apartado, las empresas que realicen excursiones aéreas o marítimas, con fines turísticos o de pesca deportivo-turística, siempre que celebren sus contratos en el Archipiélago Canario.
Ahorag) **(Derogado)**.
Artículo 24
Eliminado1. El ejercicio de cualquier actividad turística reglamentada requerirá, independientemente de la inscripción en el Registro General de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos, y previa clasificación del establecimiento, en su caso, la correspondiente autorización, cualquiera que sea su denominación, expedida por la administración turística competente, conforme a la normativa de aplicación.
Antes2. La autorización a que este artículo se refiere, será previa a la concesión de la licencia de edificación, cuando ésta proceda e independiente de la licencia de apertura de establecimientos y de cualesquiera otras autorizaciones que fueran preceptivas por aplicación de la legislación sectorial.
Ahora1. El ejercicio de cualquier actividad turística reglamentada requerirá, previa clasificación del establecimiento, en su caso, la correspondiente autorización, cualquiera que sea su denominación, expedida por la Administración turística competente conforme a la normativa sectorial de aplicación.
Párrafo añadido
2. Asimismo, los proyectos de construcción de establecimientos alojativos turísticos, así como los que reglamentariamente se establezca, requerirán para su ejecución la autorización previa expedida por la Administración turística competente. Esta autorización precederá a la licencia urbanística correspondiente.
Artículo 32
Antese) Paradores de turismo.
Ahorae) **(Derogada)**.
Antesh) Alojamiento en régimen de uso a tiempo compartido.
Ahorah) **(Derogada)**.
Artículo 51
Eliminadod) «Caterings», organización y asistencia a congresos y traducción simultánea.
Antese) Las empresas de transportes de viajeros y las agencias de alquiler de vehículos de cualquier tipo, con o sin conductor.
Ahorad) Organización y asistencia a congresos y traducción simultánea.
Párrafo añadido
e) **(Derogada)**.
Artículo 75
Párrafo añadido
10. El incumplimiento de las normas legales relativas al principio de unidad de explotación de establecimientos alojativos.
Artículo 76
Antes13. El incumplimiento de las normas de esta Ley respecto al principio de unidad de explotación de establecimientos alojativos.
Ahora13. **(Derogado)**.