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31 dic 2008
Ley 6/2007, de 17 de julio, del Centro de Estudios de Opinión
Ley · En vigor · Ley 6/2007, de 17 de julio, del Centro de Estudios de Opinión
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 14▾
Antes1. La Intervención General de la Generalidad debe ejercer el control financiero permanente del Centro de Estudios de Opinión, de acuerdo con el Plan anual aprobado por el consejero o consejera de Economía y Finanzas.
Ahora1. La Intervención General de la Generalidad debe ejercer el control general del Centro de Estudios de Opinión de acuerdo con el procedimiento que la Ley de finanzas públicas de Cataluña establece para las entidades autónomas de naturaleza administrativa.