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31 dic 2008
Ley Foral 9/1994, de 21 de junio, reguladora del régimen fiscal de las cooperativas
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Disposición adicional décima▾
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Disposición adicional décima. Régimen tributario de las cooperativas mixtas.
A las cooperativas mixtas les será de aplicación el régimen tributario establecido en esta Ley Foral con la siguiente especialidad: la parte del resultado cooperativo correspondiente a la proporción de los votos que ostenten los socios titulares de partes sociales con voto, tendrá la misma consideración que los resultados extracooperativos a efectos de su tributación en el Impuesto sobre Sociedades.