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31 dic 2008

Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 59
Párrafo añadido
El personal facultativo de Atención Primaria y de Asistencia Especializada participará conjuntamente en la prestación de los servicios que se establezcan para garantizar la atención continuada a la población del Área de Salud.