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30 dic 2008
Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 127▾
Antese) Gestión sustitutoria de servicios.
Ahorae) Gestión sustitutoria de servicios y asistencia a los Municipios de la Comunidad de Madrid para la restitución de servicios públicos municipales afectados por daños ocasionados por causas imprevistas.
Artículo 128▾
Antes2. El Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid es el instrumento básico de cooperación económica a las inversiones necesarias para la realización de obras y servicios de competencia local y para la consecución de los objetivos previstos en el apartado anterior.
Ahora2. El Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid es el instrumento básico de cooperación económica a los gastos necesarios para la realización de obras y servicios de competencia local y para la consecución de los objetivos previstos en el apartado anterior.
Artículo 133▾
AntesMediante Decreto del Gobierno de la Comunidad de Madrid, se creará el Fondo Regional de Cooperación Municipal de la Comunidad de Madrid, destinado a sufragar gastos corrientes de los Ayuntamientos, necesarios para el funcionamiento y mantenimiento de las infraestructuras, equipamientos y zonas verdes municipales, que hayan sido ejecutados con cargo a programas regionales de inversiones y servicios de Madrid.
AhoraMediante Decreto del Gobierno de Madrid, se regula el Fondo Regional de Cooperación Municipal de la Comunidad de Madrid, destinado a sufragar gastos corrientes de los Ayuntamientos, necesarios para el funcionamiento, mantenimiento y conservación de las infraestructuras, equipamientos y zonas verdes municipales.