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30 dic 2008

Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 21
Antes3. En los procedimientos de concesión de autorización, títulos-licencias y habilitación, una vez transcurrido el plazo establecido sin que haya recaído resolución, se entenderá que la solicitud ha sido denegada, sin perjuicio de lo que determine la resolución expresa.
Ahora3. En los procedimientos de concesión de autorización, títuloslicencias y habilitación, una vez transcurrido el plazo establecido sin que se haya notificado la resolución, se entenderá que la solicitud ha sido concedida.