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24 dic 2008
Ley 16/1979, de 2 de octubre, sobre tasas de la Jefatura Central de Tráfico
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 6▾
Antes| | Pesetas | Euros |
| --- | --- | --- |
| Grupo I. Permisos de circulación: | | |
| 1. Expedición de permiso de circulación de cualquier tipo de vehículo que deba ser matriculado (incluidos diplomático, consular y matrícula turística) | 10.25 | 61,60 |
| 2. Expedición de licencias de circulación de ciclomotores | 2.575 | 15,48 |
| 3. Tramitación de solicitud de autorizaciones complementarias de circulación y sus modificaciones previstas en el artículo 14 del Reglamento General de Vehículos: | | |
| 3.1. Tramitación de solicitud de la autorización: | | 30,00 |
| 3.2. Tramitación de solicitud de modificación de la autorización: | | 6,00 |
| 4. Permisos y autorizaciones de carácter temporal para traslados y pruebas de vehículos y autorizaciones especiales en razón del vehículo o utilización de la carretera | 2.575 | 15,48 |
| 5. Cambios de titularidad de los permisos de circulación por transferencia de vehículos | 6.425 | 38,62 |
| 5.1 Cambio de titularidad del permiso de circulación por transferencia del vehículo que sea consecuencia de las operaciones de fusión, escisión o aportación no dineraria de ramas de actividad de entidades | | 8,50 |
| 6. Cambios de titularidad de las licencias de circulación por transferencia de ciclomotores | 1.1 | 6,61 |
| Grupo II. Permisos para conducción: | | |
| 1. Pruebas de aptitud para la expedición de permisos y otras autorizaciones para conducir | 11.55 | 69,42 |
| 2. Cuando las pruebas de aptitud se realicen fuera de la capital de la provincia | 12.825 | 77,08 |
| 3. Canjes de permisos de conducción por otros extranjeros o expedidos por autoridades militares | 2.575 | 15,48 |
| 4. Licencias de conducción. Permisos y otras autorizaciones y habilitaciones administrativas para conducir cuando sólo sea necesario realizar pruebas de aptitud teóricas para su obtención | 2.575 | 15,48 |
| Grupo III. Centros de formación y de reconocimiento de conductores: | | |
| 1. Autorización de apertura y funcionamiento o inscripción de escuelas particulares de conductores o secciones de las mismas, de otros centros de formación, o de centros de reconocimiento de conductores | 44.85 | 269,55 |
| 2. Modificación de la autorización de funcionamiento por alteración de los elementos personales o materiales de las escuelas particulares de conductores o secciones de las mismas, de otros centros de formación, o de centros de reconocimiento de conductores. | | |
| a) Sin inspección | 3.875 | 23,69 |
| b) Con inspección | 11.525 | 69,27 |
| 3. Expedición de certificados de aptitud para directores y profesores de escuelas particulares de conductores y otras titulaciones cuya expedición esté atribuida a la Dirección General de Tráfico, así como duplicados de los mismos | 12.8 | 76,93 |
| Grupo IV. Otras tarifas: | | |
| 1. Anotaciones de cualquier clase en los expedientes, suministro de datos, certificaciones, cotejos, copias auténticas cuando no proceda la expedición de duplicado y desglose de documentos | 1.05 | 6,31 |
| 2. Inspección practicada en virtud de precepto reglamentario (con un máximo de dos al año) | 10.25 | 61,60 |
| 3. Sellado de cualquier tipo de placas | 650 | 3,91 |
| 4. Duplicados de permisos, autorizaciones por extravío, sustracción, deterioro, prórroga de vigencia o cualquier modificación de aquéllos. | 2.6 | 15,63 |
| 4 bis. Duplicados de licencias de conducción y de circulación de ciclomotores por extravío, sustracción, deterioro, prórroga de vigencia o cualquier modificación de aquéllos | 1.1 | 6,61 |
| 5. Utilización de placas facilitadas por la Administración | 1.3 | 7,81 |
| 6. Sellado de los libros talonarios para vehículos que circulen con permiso para pruebas | 1.3 | 7,81 |
| 7. Otras licencias o permisos otorgados por el Organismo | 1.3 | 7,81 |
| 8. Anotación del resultado de la inspección técnica de vehículos en el Registro de Vehículos de la Jefatura Central de Tráfico, en los casos en que exista obligación reglamentaria de realizar la citada inspección | 350 | 2,10 |
| 9. Prestación de los siguientes servicios, efectuados por los Agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil: Escolta, control y regulación de la circulación de vehículos que por sus características técnicas o en razón de las cargas que transportan exceden de las masas y dimensiones máximas autorizadas o transitan a velocidades inferiores a las mínimas reglamentariamente establecidas. | | |
| Tarifa: euro por hora y agente destinado a la prestación del servicio. El importe de la liquidación será el resultado de la aplicación de la tarifa de la tasa al número de horas empleadas en el servicio. | | 22 |
Ahora| | Euros |
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| Grupo I. Permisos de circulación: | |
| 1. Expedición de permisos de circulación | 90,00 |
| 2. Expedición de licencias de circulación de ciclomotores y cambios de titularidad de los mismos | 25,00 |
| 3. Tramitación de solicitud de autorizaciones complementarias de circulación y sus modificaciones previstas en el artículo 14 del Reglamento General de Vehículos: incluido en el importe de la tasa cualquier modificación de la autorización inicial | 120,00 |
| 4. Permisos y autorizaciones de carácter temporal para traslados y pruebas de vehículos y autorizaciones especiales en razón del vehículo o utilización de la carretera | 18,60 |
| 5. Cambios de titularidad de permisos de circulación | 50,00 |
| 6. Cambio de titularidad del permiso de circulación por operaciones de fusión, escisión o aportación no dineraria de ramas de actividad de entidades de sus titulares | 9,00 |
| Grupo II. Permisos para conducción: | |
| 1. Obtención del permiso de conducción de cualquier clase previa realización de exámenes o por canje que requiera la realización de pruebas prácticas de conducción | 85,00 |
| 2. Obtención de licencias de conducción | 40,00 |
| 3. Obtención de permisos o licencias de conducción por haber perdido el crédito de puntos o por canje, cuando este no requiera la realización de pruebas prácticas de conducción | 26,00 |
| Grupo III. Centros de formación y de reconocimiento de conductores: | |
| 1. Autorización de apertura y funcionamiento o inscripción de escuelas particulares de conductores o secciones de las mismas, de otros centros de formación, o de centros de reconocimiento de conductores | 400,00 |
| 2. Modificación de la autorización de funcionamiento por alteración de los elementos personales o materiales de las escuelas particulares de conductores o secciones de las mismas, de otros centros de formación, o de centros de reconocimiento de conductores: con o sin inspección | 40,00 |
| 3. Expedición de certificados de aptitud para directores y profesores de escuelas particulares de conductores y otras titulaciones cuya expedición esté atribuida a la Dirección General de Tráfico, así como duplicados de los mismos | 90,20 |
| Grupo IV. Otras tarifas: | |
| 1. Anotaciones de cualquier clase en los expedientes, suministro de datos, certificaciones, cotejos, copias auténticas cuando no proceda la expedición de duplicado, desglose de documentos y sellado de cualesquiera placas o libros | 7,80 |
| 2. Inspección practicada en virtud de precepto reglamentario (con un máximo de dos al año) | 72,20 |
| 3. Prórroga de vigencia de los permisos de conducción | 22,00 |
| Si por razón de aptitudes psicofísicas vienen obligados a solicitar la prórroga de vigencia de un permiso o autorización administrativa para conducir, con mayor frecuencia a la que normalmente les correspondería por edad, tendrán derecho a una bonificación que varía en función del tiempo por el que se concede como se enumera a continuación. | |
| 3.1 Prórroga de vigencia de permisos u otras autorizaciones para conducir (BTP) hasta 1 año (80 % descuento | 4,40 |
| 3.2 Prórroga de vigencia de permisos u otras autorizaciones para conducir (BTP) hasta 2 años (60 % descuento) | 8,80 |
| 3.3 Prórroga de vigencia de permisos u otras autorizaciones para conducir (BTP) hasta 3 años (40 % descuento) | 13,20 |
| 3.4 Prórroga de vigencia de permisos u otras autorizaciones para conducir (BTP) hasta 4 años (20 % descuento) | 17,60 |
| 4. Duplicados de permisos y licencias de conducción y de circulación | 18,80. |
| 5. Otras autorizaciones otorgados por el Organismo | 9,40 |
| 6. Anotación del resultado de la inspección técnica de vehículos en el Registro de Vehículos de la Jefatura Central de Tráfico, en los casos en que exista obligación reglamentaria de realizar la citada inspección | 3,50 |
| 7. Prestación de servicios de escolta, control y regulación de la circulación de vehículos que por sus características técnicas o en razón de las cargas que transportan exceden de las masas y dimensiones máximas autorizadas o transitan a velocidades inferiores a las mínimas reglamentariamente establecidas, efectuados por los Agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil: | |
| Tarifa: Euros por hora y agente destinado a la prestación del servicio | 30,00 |