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15 nov 2008

Real Decreto 1300/2006, de 10 de noviembre, sobre organización y funciones de las Consejerías de Interior en las Misiones Diplomáticas de España

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 6
AntesCuando se trate de un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el Consejero deberá pertenecer a la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil o a las Escalas Superior o Ejecutiva del Cuerpo Nacional de Policía.
AhoraCuando se trate de un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el Consejero deberá pertenecer a las Escalas Superior de Oficiales o de Oficiales de la Guardia Civil, o a las Escalas Superior o Ejecutiva del Cuerpo Nacional de Policía.