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8 mar 2008

Real Decreto 5/1993, de 8 de enero, sobre revalorización y complementos de pensiones de Clases Pasivas para 1993 y otras normas en materia de Clases Pasivas

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 10
Antes1. A efectos de reconocimiento del derecho a pensión en favor de familiares, los requisitos de dependencia económica y estado de pobreza se entenderán, en Clases Pasivas, en los términos establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil para la concesión del derecho al beneficio de justicia gratuita.
Ahora1. A efectos de reconocimiento del derecho a pensión a favor de familiares, los requisitos de dependencia económica y estado de pobreza se entenderán, en Clases Pasivas, en los términos establecidos para reconocer el beneficio de asistencia jurídica gratuita por la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, salvo en los supuestos de pensiones extraordinarias causadas por actos de terrorismo a favor de familiares, cuando se causen en acto de servicio o como consecuencia del mismo, en los que la cuantía determinada de conformidad con lo establecido en dicha Ley se incrementará en el cien por cien.