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19 ene 2008

Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional trigésima quinta
Eliminadoa) El IPREM diario, 16,98 euros.
Eliminadob) El IPREM mensual, 509,40 euros.
Eliminadoc) El IPREM anual, 6.112,80 euros.
Antesd) En los supuestos en que la referencia al salario mínimo interprofesional ha sido sustituida por la referencia al IPREM en aplicación de lo establecido en el Real Decreto-ley 3/2004, de 25 de junio, la cuantía anual del IPREM será de 7.131,80 euros cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas extraordinarias; en este caso, la cuantía será de 6.112,80 euros.
Ahoraa) El IPREM diario, 17,23 euros.
Párrafo añadido
b) El IPREM mensual, 516,90 euros.
Párrafo añadido
c) El IPREM anual, 6.202,80 euros.
Párrafo añadido
d) En los supuestos en que la referencia al salario mínimo interprofesional ha sido sustituida por la referencia al IPREM en aplicación de lo establecido en el Real Decreto-ley 3/2004, de 25 de junio, la cuantía anual del IPREM será de 7.236,60 euros cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas extraordinarias; en este caso, la cuantía será de 6.202,80 euros.