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15 mar 2007
Real Decreto 913/2002, de 6 de septiembre, sobre representación institucional de las Fuerzas Armadas
Real Decreto · En vigor · Real Decreto 913/2002, de 6 de septiembre, sobre representación institucional de las Fuerzas Armadas
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 3▾
Antesb) Los Jefes del Estado Mayor del Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, como miembros más antiguos de sus respectivos Ejércitos, ostentarán la representación institucional de los mismos. Podrán delegar su representación en otros mandos militares de su mismo Ejército.
Ahorab) Los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, como miembros más antiguos de sus respectivos Ejércitos, ostentarán la representación institucional de los mismos. Podrán delegar su representación en otros mandos militares de su mismo Ejército, incluidos aquellos destinados como Delegados o Subdelegados de Defensa.
Artículo 4▾
Antesa) El General Jefe de la Fuerza Logística Operativa, con sede en A Coruña, en el territorio abarcado por las provincias de A Coruña, Álava, Asturias, Ávila, Burgos, Guipúzcoa, León, Lugo, Ourense, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Cantabria, Segovia, Soria, Valladolid, Vizcaya y Zamora.
Ahoraa) El General Jefe de la Fuerza Logística Operativa, con sede en A Coruña, en el territorio abarcado por las provincias de A Coruña, Álava, Asturias, Ávila, Burgos, Cantabria, Guipúzcoa, León, Lugo, Ourense, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid, Vizcaya y Zamora.
Antes2. Los Jefes de las unidades citadas en el apartado anterior podrán delegar el ejercicio de la representación institucional de las Fuerzas Armadas que ostentan en otras autoridades militares, le estén o no directamente subordinadas y pertenezcan o no a su mismo Ejército.
Ahora2. Los Jefes de las unidades citadas en el apartado anterior podrán delegar el ejercicio de la representación institucional de las Fuerzas Armadas que ostentan en otras autoridades militares, le estén o no directamente subordinadas y pertenezcan o no a su mismo Ejército, entre los que se incluirán a los Delegados y Subdelegados de Defensa.