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14 feb 2007

Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición derogatoria única
Eliminado1. Quedan derogadas las siguientes disposiciones:
Eliminadoa) La Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Eliminadob) La disposición adicional segunda de la Ley 4/2001, de 6 de julio, de medidas tributarias, financieras, de organización y relativas al personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Antes2. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan a lo establecido en esta Ley.
Ahora1. Quedan derogadas las siguientes disposiciones.
Párrafo añadido
A) La Ley 7/1984, de 11 de diciembre, Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, con efectos 1 de enero de 2008, con las excepciones que se indican a continuación:
Párrafo añadido
1. El artículo 22.1, que queda derogado al día siguiente de la publicación de la presente ley en el Boletín Oficial de Canarias.
Párrafo añadido
2. A efectos de la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2008, queda derogado al día siguiente de la publicación de la presente ley en el Boletín Oficial de Canarias:
Párrafo añadido
a) Del título II, los capítulos I, II, excepto el artículo 38-bis, y el capítulo IV, excepto el artículo 59.
Párrafo añadido
b) El título III.
Párrafo añadido
c) El título IV, salvo los artículos 75 a 79, ambos inclusive.
Párrafo añadido
B) La disposición adicional segunda de la Ley 4/2001, de 6 de julio, de medidas tributarias, financieras, de organización relativas al personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, con efectos desde el día siguiente de la publicación de la presente ley en el Boletín Oficial de Canarias.
Párrafo añadido
2. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones, de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta ley.