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30 dic 2006

Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 87
Antes1. Terminada la fase de elaboración del Plan General Municipal, el Ayuntamiento procederá a su aprobación inicial y lo someterá a información pública durante un mes, mediante anuncio en el «Boletín Oficial de La Rioja» y en un diario de difusión local. Dicha información pública lo será también a efectos de su evaluación ambiental estratégica.
Ahora1. Terminada la fase de elaboración del Plan General Municipal, el Ayuntamiento procederá a su aprobación inicial y lo someterá a información pública durante un mes, mediante anuncio en el «Boletín Oficial de La Rioja» y en un diario de difusión local. Dicha información pública lo será también a efectos de su evaluación ambiental del planeamiento.
Antes5. Previamente a la adopción del acuerdo de aprobación definitiva, se someterá el expediente com­pleto al órgano ambiental a efectos de obtener, si procede, Declaración de Impacto Ambiental.
Ahora5. Previamente a la adopción del acuerdo de aprobación definitiva se acordará, si procede, la Memoria Ambiental.