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29 dic 2006
Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas
Qué ha cambiado (1 artículo)
Agrupación 04▾
AntesEpígrafe 042.2. Pollos y patos para carne. Cuota de 1 peseta por cabeza. (0,006010)
AhoraEpígrafe 042.2. Pollos y patos para carne. Cuota de 1 peseta por cabeza. (0,006010 euro)
Párrafo añadido
Nota: El pago de las cuotas de cualesquiera de los epígrafes de este grupo faculta para la incubación, siempre que las aves obtenidas sean destinadas a explotaciones del propio sujeto pasivo clasificadas en este grupo.