Saltar al contenido
← Volver
9 may 2006

Ley 2/1995, de 6 de abril, por la que se crea la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 6
AntesLa Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León deberá establecer el inventario, los sistemas contables y los registros correspondientes que permitan conocer de forma permanente el carácter, la situación patrimonial y el destino de los bienes y derechos propios o adscritos.
AhoraLa Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León deberá establecer el inventario y los registros correspondientes que permitan conocer de forma permanente el carácter, la situación patrimonial y el destino de los bienes y derechos propios o adscritos.
Artículo 8
EliminadoEl sistema presupuestario se regirá por la Ley 7/1986, de la Hacienda y la Ley de Presupuestos correspondiente de la Comunidad de Castilla y León.
EliminadoEl presupuesto de la Gerencia se incluirá en los presupuestos de la Comunidad de forma diferenciada, calificando como tales los ingresos procedentes de la Seguridad Social.
EliminadoLa Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad podrá acordar un régimen especial de vinculación y modificaciones de los créditos presupuestarios, así como una estructura presupuestaria que permita agilizar y simplificar la administración de la Gerencia.
EliminadoLa Gerencia dispondrá de los siguientes recursos:
EliminadoAquéllos que la Seguridad Social transfiera para la ejecución de competencias de Servicios Sociales.
EliminadoLos asignados por la Junta de Castilla y León con cargo a su presupuesto.
EliminadoLos productos y rentas que pudieran corresponderle así como las subvenciones, donaciones y cualquier otra aportación procedente de entidades públicas, privadas y personas físicas.
AntesLos ingresos originados por cualquier título en el ejercicio de sus competencias.
Ahora**(Derogado).**