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28 mar 2006
Orden TAS/471/2004, de 26 de febrero, por la que se dictan normas para la aplicación de las bonificaciones de cuotas establecidas por el apartado 2 de la disposición adicional trigésima del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, respecto de empresas y trabajadores por cuenta propia de las ciudades de Ceuta y Melilla
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 1▾
EliminadoLos objetivos de la presente orden son procurar el mantenimiento y estimular la creación de empleo en las Ciudades de Ceuta y Melilla, en concreto en los Sectores de Comercio, Hostelería, Turismo y en la mayoría de las ramas de la Industria.
AntesEl cumplimiento de dichos objetivos se entenderá realizado cuando la evolución de la tasa empleo y de las condiciones salariales de los sectores a los que la medida va dirigida no se desvíe significativamente de la evolución de las respectivas medias nacionales.
Ahora1. Los objetivos de la presente Orden son procurar el mantenimiento y estimular la creación de empleo en las Ciudades de Ceuta y Melilla, en concreto en los Sectores de Comercio, Hostelería, Turismo y en la mayoría de las ramas de la Industria.
Párrafo añadido
2. El cumplimiento de dichos objetivos se entenderá realizado cuando la evolución de los datos de afiliación a la Seguridad Social respecto de los trabajadores en alta, así como los de contratación, de los sectores a los que la medida va dirigida referidos a Ceuta y Melilla, no se desvíen significativamente de la evolución de las respectivas medias nacionales.
Artículo 4▾
El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.