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4 mar 2005
Real Decreto 219/2001, de 2 de marzo, sobre organización y funcionamiento del Consejo para el Fomento de la Economía Social
Qué ha cambiado (2 artículos)
Nota oficial del BOE▾
Aviso oficial
Las referencias hechas al Director General de Fomento de la Economía Social y del Fondo Social Europeo se entienden efectuadas al Director General de la Economía Social, del Trabajo Autónomo y del Fondo Social Europeo, según establece la disposición adicional única del Real Decreto 177/2005, de 18 de febrero.Ref. BOE-A-2005-3599.
Artículo 3▾
Antesb) Diecisiete vocales, con rango de Director general, con la distribución siguiente: cuatro del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales; dos por cada uno de los Ministerios de Hacienda, de Fomento, de Agricultura, Pesca y Alimentación, de Sanidad y Consumo y de Economía; y uno por cada uno de los Ministerios de Educación, Cultura, y Deporte, de la Presidencia y de Administraciones Públicas.
Ahorab) Diecisiete vocales, con rango de director general, con la distribución siguiente: cuatro del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales; dos por cada uno de los Ministerios de Economía y Hacienda, de Industria, Comercio y Turismo, de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo, y uno por cada uno de los Ministerios de Fomento, de Educación y Ciencia, de la Presidencia, de Administraciones Públicas y de Vivienda.