Saltar al contenido
← Volver
31 dic 2003

Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 40
Párrafo añadido
7. Los funcionarios adscritos al Consorcio para el Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento de Navarra que desempeñen puestos de Oficial Bombero, Suboficial Bombero, Sargento Bombero, Cabo Bombero o Bombero, podrán percibir un complemento de productividad vinculado a la consecución de los objetivos e indicadores del rendimiento, relacionados con la eficacia en la gestión y la calidad de las prestaciones del Servicio, que se establezcan por el Consejo de Dirección del Consorcio.
Párrafo añadido
La cuantía de dicho complemento no podrá exceder del 5 por 100 del sueldo inicial del correspondiente nivel.
Párrafo añadido
Las cantidades que se perciban en concepto de complemento de productividad durante un determinado período de tiempo no generarán derechos adquiridos ni surtirán efectos respecto a las valoraciones o apreciaciones correspondientes a períodos sucesivos.
Disposición adicional decimoquinta
Eliminado3. Las vacantes de Bombero se cubrirán mediante oposición de ingreso en la función publica, que incluirá necesariamente un curso de formación impartido por el Instituto Navarro de Administración Pública. Durante la realización del curso de formación los aspirantes tendrán la consideración de funcionarios en prácticas.
Eliminado4. Las vacantes de Cabo de Bomberos se cubrirán mediante concurso de ascenso de categoría entre Bomberos de cualquier Administración Pública de Navarra en el que se incluirá un curso de formación impartido por el Instituto Navarro de Administración Pública. Para poder participar en dicho concurso de ascenso de categoría será requisito indispensable acreditar un mínimo de tres años de servicios efectivamente prestados como Bombero.
Antes5. Las vacantes de Sargento de Bomberos se cubrirán mediante concurso-oposición en el que se incluirá un curso de formación impartido por el Instituto Navarro de Administración Pública. Podrán participar, por el turno de promoción, los Cabos de Bomberos que acrediten un mínimo de tres años de servicios efectivamente prestados como Cabo y que cuenten con la titulación universitaria de grado medio o superior que se establezca reglamentariamente y los Cabos de Bomberos que acrediten un mínimo de cinco años de servicios efectivamente prestados como Cabo de Bomberos de cualquier Administración Pública de Navarra.
Ahora3. Las vacantes de Bombero se cubrirán mediante oposición de ingreso en la función publica, que incluirá necesariamente un curso de formación impartido por el Escuela de Seguridad de Navarra. Durante la realización del curso de formación los aspirantes tendrán la consideración de funcionarios en prácticas.
Párrafo añadido
4. Las vacantes de Cabo de Bomberos se cubrirán mediante concurso de ascenso de categoría entre Bomberos de cualquier Administración Pública de Navarra en el que se incluirá un curso de formación impartido por el Escuela de Seguridad de Navarra. Para poder participar en dicho concurso de ascenso de categoría será requisito indispensable acreditar un mínimo de tres años de servicios efectivamente prestados como Bombero.
Párrafo añadido
5. Las vacantes de Sargento de Bomberos se cubrirán mediante concurso-oposición en el que se incluirá un curso de formación impartido por el Escuela de Seguridad de Navarra. Podrán participar, por el turno de promoción, los Cabos de Bomberos que acrediten un mínimo de tres años de servicios efectivamente prestados como Cabo y que cuenten con la titulación universitaria de grado medio o superior que se establezca reglamentariamente y los Cabos de Bomberos que acrediten un mínimo de cinco años de servicios efectivamente prestados como Cabo de Bomberos de cualquier Administración Pública de Navarra.
EliminadoAdministración Pública de Navarra en el que se incluirá un curso de formación impartido por el Instituto Navarro de Administración Pública. Para poder participar en dicho concurso de ascenso de categoría será requisito indispensable acreditar un mínimo de tres años de servicios efectivamente prestados como Sargento de Bomberos.
Antes7. Las vacantes de oficial de Bomberos se cubrirán mediante un concurso-oposición en el que se incluirá un curso de formación impartido por el Instituto Navarro de Administración Pública. Podrán participar en el mismo los suboficiales de Bomberos de cualquier Administración Pública de Navarra que acrediten un mínimo de cinco años de servicios efectivamente prestados como Suboficial y que cuenten con la titulación universitaria superior que se establezca reglamentariamente. Las vacantes que no se cubriesen en este concurso-oposición se cubrirán mediante concurso de traslado entre funcionarios de las Administraciones Públicas de Navarra encuadrados en el nivel A y que estén desempeñando puestos de trabajo para los cuales se les ha requerido la titulación universitaria superior que se establezca reglamentariamente para el puesto de oficial de Bomberos. Las vacantes resultantes se convocarán mediante concurso-oposición en turno libre.
AhoraAdministración Pública de Navarra en el que se incluirá un curso de formación impartido por el Escuela de Seguridad de Navarra. Para poder participar en dicho concurso de ascenso de categoría será requisito indispensable acreditar un mínimo de tres años de servicios efectivamente prestados como Sargento de Bomberos.
Párrafo añadido
7. Las vacantes de oficial de Bomberos se cubrirán mediante un concurso-oposición en el que se incluirá un curso de formación impartido por el Escuela de Seguridad de Navarra. Podrán participar en el mismo los suboficiales de Bomberos de cualquier Administración Pública de Navarra que acrediten un mínimo de cinco años de servicios efectivamente prestados como Suboficial y que cuenten con la titulación universitaria superior que se establezca reglamentariamente. Las vacantes que no se cubriesen en este concurso-oposición se cubrirán mediante concurso de traslado entre funcionarios de las Administraciones Públicas de Navarra encuadrados en el nivel A y que estén desempeñando puestos de trabajo para los cuales se les ha requerido la titulación universitaria superior que se establezca reglamentariamente para el puesto de oficial de Bomberos. Las vacantes resultantes se convocarán mediante concurso-oposición en turno libre.