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11 dic 2003
Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 76▾
EliminadoUno. Se autoriza al Gobierno para establecer un procedimiento que permita la retención a favor de la Seguridad Social de los importes adeudados a la misma por la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Diputaciones, Cabildos, Ayuntamientos y demás entidades que integran la Administración Local, las entidades de Derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de dichas Administraciones, las empresas públicas y demás entes públicos, respecto de los importes que con cargo a los Presupuestos Generales del Estado deban transferirse a la Administración, empresa o ente deudor de la Seguridad Social.
EliminadoDos. El procedimiento garantizará en todo caso la audiencia previa a las entidades afectadas.
AntesTres. La resolución, cuando acuerde la retención, expresará la fecha en que producirá efectos, los cuales en ningún caso podrán ser anteriores al vencimiento del plazo de tres meses a contar desde la notificación de dicha resolución.
Ahora**(Derogado)**