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12 nov 2003

Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional segunda
Párrafo añadido
3. Las normas legales mencionadas en el apartado anterior se aplicarán con el alcance subjetivo y objetivo previsto en las mismas a las operaciones o contratos que en ellas se contemplan y, en particular, las referidas a las operaciones relativas a los sistemas de pagos y de liquidación y compensación de valores, operaciones dobles, operaciones con pacto de recompra o se trate de operaciones financieras relativas a instrumentos derivados.