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5 nov 2003
Ley 37/1998, de 16 de noviembre, de reforma de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición adicional segunda▾
EliminadoA las sociedades de inversión mobiliaria, tanto de capital fijo como de capital variable, y a las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, reguladas en la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, les serán aplicables, con las adaptaciones reglamentarias que vengan exigidas por su naturaleza específica, las reglas que la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, contiene para las empresas de servicios de inversión sobre las siguientes materias:
Eliminado1. Revocación de la autorización por las causas previstas en las letras b), d), e), g), h), k) o l) del artículo 73.
Eliminado2. Suspensión de la autorización por las causas previstas en las letras a), b), en lo que sea de aplicación, y c) del número 1 del artículo 76.
EliminadoA las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva también les serán aplicables, con las adaptaciones reglamentarias que vengan exigidas por su naturaleza específica, las reglas 2.ª del número 1 y g) del número 2 del artículo 67 y el artículo 69 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, contienen para las empresas de servicios de inversión sobre idoneidad de los accionistas titulares de una participación significativa.
AntesLa competencia para acordar la suspensión corresponderá a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Ahora**(Derogada)**