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31 dic 2002
Ley 6/1991, de 27 de marzo, de Carreteras de la Comunidad Valenciana
Ley · En vigor · Ley 6/1991, de 27 de marzo, de Carreteras de la Comunidad Valenciana
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 36▾
Eliminado2. A los efectos de este artículo no se consideran publicidad los carteles informativos autorizados por la Administración titular de la vía.
Antes3. Son carteles informativos:
Ahora2. En los tramos urbanos de las vías públicas que integran el sistema viario de la Comunidad Valenciana queda prohibido realizar publicidad en toda la zona de protección de la carretera definida en el planeamiento urbanístico o, en ausencia de éste, en lo previsto en el artículo 33 de esta Ley.
Párrafo añadido
3. A los efectos de este artículo, no se considera publicidad los carteles informativos autorizados por el titular de la vía. Tampoco se considera publicidad los carteles o rótulos con la denominación del establecimiento industrial o comercial situado sobre el mismo, pero no se permitirá la colocación de carteles que constituyan o puedan interpretarse como anuncios publicitarios.
Párrafo añadido
4. Son carteles informativos:
Artículo 41▾
Antesg) Las calificadas como graves cuando exista reincidencia.
Ahorag) Establecer cualquier clase de publicidad en la zona de protección de la carretera cuando ésta transcurra por tramos calificados como urbanos.
Párrafo añadido
h) Las calificadas como graves cuando exista reincidencia.