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24 dic 2002

Ley 2/1986, de 19 de abril, del juego y apuestas, de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 9
Antes2. Determinar las condiciones que deberá cumplir la publicidad de las actividades incluidas en el ámbito de la presente Ley, que únicamente podrá autorizarse en el contexto de una oferta turística global o en publicaciones especializadas en temas de juegos.
Ahora2. Determinar las condiciones que deberá cumplir la publicidad de las actividades incluidas en el ámbito de la presente Ley.