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23 nov 2002
Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 8▾
Antesc) El Servicio de Compensación y Liquidación de Valores, gestionado por "Servicio de Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima", y cuya regulación se contiene en la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, y en sus disposiciones de desarrollo.
Ahorac) Los sistemas de compensación y liquidación de valores negociados en las Bolsas de Valores y gestionados por la Sociedad de Sistemas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 bis de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, cuya regulación se contiene en dicha Ley y en su normativa de desarrollo.
Antesg) La Central de Anotaciones del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, gestionada por el Banco de España, y cuya regulación se contiene en la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, y en sus disposiciones de desarrollo.
Ahorag) El sistema de compensación y liquidación relativo a las operaciones realizadas en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones gestionado por la Sociedad de Sistemas a que se refiere el número 1 del artículo 44 bis de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.