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13 jul 2002
Real Decreto 1946/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula la composición y el funcionamiento de la Comisión Interministerial de Extranjería
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 2▾
Eliminado1. La Comisión, presidida por el Delegado del Gobierno para la Extranjería e Inmigración, estará integrada por los siguientes miembros:
AntesLos Subsecretarios de Asuntos Exteriores, de Justicia, de Hacienda, de Educación, Cultura y Deporte, de Trabajo y Asuntos Sociales, de Presidencia, de Administraciones Públicas, de Sanidad y Consumo y de Economía.
Ahora1. La Comisión, presidida por el Delegado de Gobierno para la Extranjería y la Inmigración, estará integrada por los siguientes miembros:
Párrafo añadido
Los Subsecretarios de Asuntos Exteriores, de Justicia, de Hacienda, del Interior, de Educación, Cultura y Deporte, de Trabajo y Asuntos Sociales, de Presidencia, de Administraciones Públicas, de Sanidad y Consumo, y de Economía.
Antesg) Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales: el Secretario general de Asuntos Sociales, el Director general de Ordenación de las Migraciones y el Director general del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales.
Ahorag) Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales: la Secretaria general de Asuntos Sociales, el Secretario general de Empleo, el Director general de Ordenación de las Migraciones y el Director general del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales.