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10 abr 2002
Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición adicional decimoquinta▾
Párrafo añadido
No obstante, el personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra que, a la entrada en vigor de la presente Ley Foral, tenga el nombramiento de Oficial con el nivel B, mantendrá dicha categoría como situación personal a extinguir. Dichos funcionarios podrán concurrir junto con los Suboficiales a las convocatorias de concursooposición destinadas a proveer plazas de Oficial de Bomberos de nivel A, sin la exigencia de poseer titulación superior, siempre y cuando acrediten un mínimo de cinco años de servicios efectivamente prestados como Oficial en cualquier Administración Pública de Navarra.