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10 abr 2002

Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional decimoquinta
Párrafo añadido
No obstante, el personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra que, a la entrada en vigor de la presente Ley Foral, tenga el nombramiento de Oficial con el nivel B, mantendrá dicha categoría como situación personal a extinguir. Dichos funcionarios podrán concurrir junto con los Suboficiales a las convocatorias de concursooposición destinadas a proveer plazas de Oficial de Bomberos de nivel A, sin la exigencia de poseer titulación superior, siempre y cuando acrediten un mínimo de cinco años de servicios efectivamente prestados como Oficial en cualquier Administración Pública de Navarra.