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8 abr 2002
Ley 4/1989, de 2 de mayo, de la Audiencia de Cuentas de Canarias
Ley · En vigor · Ley 4/1989, de 2 de mayo, de la Audiencia de Cuentas de Canarias
Qué ha cambiado (1 artículo)
Art 36▾
Eliminado2. El personal técnico superior será seleccionado por oposición o por concurso-oposición de entre personas que estén en posesión de un título adecuado.
Antes3. El personal técnico de grado medio y el personal auxiliar, administrativo y subalterno será igualmente seleccionado por los mismos procedimientos establecidos en el apartado 2 de este artículo.
Ahora2. El personal al servicio de la Audiencia de Cuentas de Canarias estará integrado por los siguientes Cuerpos y Escalas:
Párrafo añadido
a) Cuerpo de Letrados.
Párrafo añadido
b) Cuerpo de Técnicos.
Párrafo añadido
Escala de Técnicos de Auditoría.
Párrafo añadido
Escala de Técnicos de Administración General.
Párrafo añadido
c) Cuerpo de Gestión.
Párrafo añadido
Escala de Técnicos de Gestión de Auditoría.
Párrafo añadido
Escala de Técnicos de Gestión General.
Párrafo añadido
d) Cuerpo de Administrativos.
Párrafo añadido
e) Cuerpo de Auxiliares Administrativos.
Párrafo añadido
3.1 Serán funciones propias de cada Cuerpo y Escala las siguientes:
Párrafo añadido
I. Cuerpo de Letrados:
Párrafo añadido
Representación y defensa en juicio de la Audiencia de Cuentas de Canarias.
Párrafo añadido
Asesoramiento jurídico.
Párrafo añadido
Resolver las consultas y emitir los informes que le sean solicitados.
Párrafo añadido
II. Cuerpo de Técnicos:
Párrafo añadido
a) Escala de Técnicos de Auditoría:
Párrafo añadido
Planificar cada fiscalización y los correspondientes programas de trabajo.
Párrafo añadido
Dirigir, coordinar y supervisar las tareas a desarrollar por los ayudantes de auditoría.
Párrafo añadido
Redactar el proyecto de informe con los resultados de la fiscalización.
Párrafo añadido
b) Escala de Técnicos de Administración General:
Párrafo añadido
Organización, control, coordinación e impulso de las tareas administrativas, económicas y cualesquiera otras que se le encomiende por la Secretaría General.
Párrafo añadido
Con carácter general, funciones de apoyo de todas las Unidades.
Párrafo añadido
III. Cuerpo de Gestión:
Párrafo añadido
a) Escala de Técnicos de Gestión de Auditoría:
Párrafo añadido
Tareas de verificación y análisis que le sean encomendadas por los Consejeros y por los Técnicos auditores.
Párrafo añadido
Informar a los Técnicos auditores del estado de las verificaciones y de cuantas incidencias surjan en torno a las mismas.
Párrafo añadido
b) Escala de Técnicos de Gestión General:
Párrafo añadido
Gestión y seguimiento de cuantos expedientes administrativos, económicos y de cualquier naturaleza competan a la Secretaría General.
Párrafo añadido
Con carácter general, funciones de apoyo a los Técnicos de Administración General.
Párrafo añadido
IV. Cuerpo de Administrativos:
Párrafo añadido
Tramitación y seguimiento de cuantos asuntos deriven de la gestión administrativa.
Párrafo añadido
Funciones de apoyo, en general, a las diferentes Unidades administrativas.
Párrafo añadido
V. Cuerpo de Auxiliares Administrativos:
Párrafo añadido
Tratamiento de textos, ordenación de expedientes y gestión y custodia de documentos.
Párrafo añadido
Funciones de apoyo, a nivel auxiliar, a las diferentes Unidades administrativas.
Párrafo añadido
3.2 Para ingresar en los diferentes Cuerpos y Escalas será preciso contar con los siguientes títulos:
Párrafo añadido
En el Cuerpo de Letrados: El título de Licenciado en Derecho.
Párrafo añadido
En la Escala de Técnicos de Auditoría: Doctor, Ingeniero, Licenciado o equivalente.
Párrafo añadido
En la Escala de Técnicos de Administración General: Doctor, Ingeniero, Licenciado o equivalente.
Párrafo añadido
En la Escala de Técnicos de Gestión de Auditoría: El título de Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o Formación Profesional de tercer grado o equivalente.
Párrafo añadido
En la Escala de Técnicos de Gestión General: El título de Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o Formación Profesional de tercer grado o equivalente.
Párrafo añadido
En el Cuerpo de Administrativos: El título de Bachillerato Unificado Polivalente, Formación Profesional de segundo grado o equivalente.
Párrafo añadido
En el Cuerpo de Auxiliares Administrativos: El título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.
Párrafo añadido
3.3 El sistema de ingreso será de concurso-oposición.